Boletín judicial órgano del tribunal superior de justicia del distrito federal



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JUZGADO QUINCUAGÉSIMO CUARTO


DE LO

CIVIL

SECRETARÍA “A”

EDICTO No. 38

EXP. 587/00.

SRES. CESAR, FRANCISCO, MARIA DEL PILAR Y GUILLERMO DE APELLIDOS MACAZAGA ORDOÑO, MARIA YOLANDA PEREZ SAMPERIO DE MACAZAGA, CATALINA RAMIREZ DE ARELLANO GIL DE MACAZAGA Y FRANCISCO JORDANA BARREINO

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por TORRES RODRIGUEZ MIGUEL, en contra de FRANCISCO MACAZAGA ORDOÑO Y OTROS expediente número 587/00, el C. Juez en audiencia del 5 de Octubre del presente año, declaró abierto el período de ofrecimiento de pruebas por el término de diez días comunes para las partes, el cual empezará a correr a partir del día siguiente en que surta sus efectos la notificación de la presente audiencia, hecha por BOLETÍN JUDICIAL y ordenó con fundamento en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles, hacerlo del conocimiento de los codemandados por medio de edictos.

México. D.F., a 8 de Noviembre del 2001.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. GUADALUPE PEREZ PALMA.

6-22-736482-$276.75.


JUZGADO QUINCUAGÉSIMO QUINTO


DE LO

CIVIL

EDICTO No. 43

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO.

C. CARLOS HERIBERTO CUEVAS GALVAN.

El C. Juez 55o. de lo Civil, ordenó emplazar a la parte demandada en el presente juicio por edictos con fundamento en el articulo 122 Fracción II del Código Procesal Civil, relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO NACIONAL DE MÉXICO S.A., INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL (ANTES BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.N.C.) en contra de CARLOS HERIBERTO CUEVAS GALVAN, expediente número 606/98, haciéndole saber que tiene que apersonarse al local de este H. Juzgado, en el término de CUARENTA DÍAS, quedando las copias simples de traslado a disposición de la Secretaría “B” para que conteste la demanda, oponga excepciones y haga valer sus defensas que a su derecho convenga.

México. DF. a 17 de Enero del 2001

EL C SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.

LIC. LUIS VARGAS ZUÑIGA.

16-22-27-736453-$392.70.


JUZGADO QUINCUAGÉSIMO QUINTO


DE LO

CIVIL

EDICTO No. 44

NOTIFICACIÓN.

C ADRIAN GUILLERMO ESCAMILLA NAVA. EL C. Juez 55° de lo Civil, ordenó notificar a la parte demandada en el presente juicio por edictos con fundamento en el artículo 639 del Código Adjetivo Civil relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por BANCOMER S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO en contra de ADRIAN GUILLERMO ESCAMILLA NAVA, expediente número 1134/97, se le hace saber que se señalaron las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de Ley y comparezca a absolver posiciones, apercibido que de no hacerlo así, será declarado confeso de aquellas posiciones que hayan sido calificas de legales.

México, D.F., a 9 de Noviembre del 2001.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.

LIC. LUIS VARGAS ZUÑIGA.

16-22-736489-$252.45.

JUZGADO QUINCUAGÉSIMO SÉPTIMO


DE LO

CIVIL

EDICTO No 14

SEÑOR: MANUEL YBARRA ROMERO.

En el Juzgado Quincuagésimo Séptimo de lo Civil en el Distrito Federal, en los autos de las diligencias de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, promovidas por LOPEZ GONZALE R. RENE y JESUS ALEJANDRO MORALES COVARRUBIAS a AIDEE ZARCO GARCIA y MANUEL YBARRA ROMERO, expediente número 450/2001, con fecha veinticuatro de octubre del dos mil uno, se dictó proveído en donde se ordenó emplazar a MANUEL YBARRA ROMERO por medio de edictos, que se publicarán por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, para hacer de su conocimiento de las presentes diligencias de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, para que dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir de la última publicación, comparezca al local de éste Juzgado para que se entere de la solicitud de los C.C.R. RENE LOPEZ GONZALEZ y JESUS ALEJANDRO MORALES COVARRUBIAS.

México, D.F., a 30 de octubre del 2001.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.

LIC. LUIS AGUILERA GARCIA.

8-13-16-736405-$395.50

JUZGADO QUINCUAGÉSIMO SÉPTIMO


DE LO

CIVIL

EDICTO No. 15

SEÑOR: CAUDILLO AYALA MARTIN.

En el Juzgado Quincuagésimo Séptimo de lo Civil en el Distrito Federal, en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovidas por BANCO NACIONAL DE MÉXICO S.A. en contra de CAUDILLO AYALA MARTIN, expediente número 68/99 con fecha dieciocho de octubre del dos mil uno, se dicto proveído en donde se ordenó hacer del conocimiento a CAUDILLO AYALA MARTIN que el presente juicio se abre a prueba por el término de DIEZ DÍAS COMUNES, atento a lo dispuesto por los artículos 27, 290 y 639 del Código de Procedimientos Civiles SIN REFORMAS.

México D.F., a 30 de octubre del 2001.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.

LIC. LUIS AGUILERA GARCIA.

12-16-736425-$213.20.

JUZGADO QUINCUAGÉSIMO NOVENO


DE LO

CIVIL

EDICTO No. 23

JAVIER ALBERTO LOPEZ PAREDES Y LIDIA PEREYRA LOPEZ.



En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO NACIONAL DE MÉXICO. S.A., INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL S.A. DE C.V. En contra de LOPEZ PAREDES JAVIER ALBERTO Y LIDIA PEREYRA LOPEZ EXPEDIENTE No. 601/2000 LA C JUEZ QUINCUAGÉSIMO NOVENO CIVIL, dictó los siguientes acuerdos que dicen:

México, Distrito Federal, a trece de septiembre del dos mil. Con el escrito de cuenta, documentos y copias que se acompañan fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número que le corresponda, se tiene por presentada(o) a MARTHA ESTELA GAMBOA SAAVEDRA, como apoderada de BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL S.A. DE C.V., personalidad que se les reconoce en términos del Testimonio Notarial que al efecto exhibe demandando en la vía ESPECIAL HIPOTECARIA de JAVIER ALBERTO LOPEZ PAREDES Y LIDIA PEREYRA LOPEZ. Y por las prestaciones que se indican en el escrito que se provee, toda vez que el crédito que se reclama consta en Escritura Pública y es exigible en los términos de la misma. Con fundamento en los artículos 255, 259 fracción III 260, 266, 468, 470, 471 y relativos del Código de Procedimientos Civiles, se admite la demanda en la vía y formas propuestas, en consecuencia expídase, fíjese y regístrese la correspondiente Cédula Hipotecaria y fórmese la sección da ejecución con las constancias de ley. Con las copias simples exhibidas debidamente selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese a la parte demandada en el término de ley para que dentro del término de NUEVE DÍAS produzca su contestación a la misma y oponga las excepciones que tuviere. Se tiene por señalado el domicilio que se indica pata oír y recibir notificaciones y por autorizadas a las personas que se mencionan para tal efecto únicamente, guárdese en el seguro del Juzgado el documento recibido como base de la acción. Y desprendiéndose que de autos que el domicilio de la parte demandada se encuentra fuera de la Jurisdicción de éste Juzgado, con los insertas necesarios líbrese atento EXHORTO PARA LOS EFECTOS DEL EMPLAZAMIENTO AL C. JUEZ COMPETENTE EN ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MÉXICO. Y PARA LOS EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN DE LA CÉDULA HIPOTECARIA AL C. JUEZ COMPETENTE EN TLALNEPANTLA ESTADO DE MÉXICO, para que por su conducto y en auxilio a las labores de éste Juzgado se sirva practicar la diligencia supra ordenada facultándose a dicha autoridad exhortada para que en su caso y de ser necesario, habilite días y horas inhábiles, provea promoción de la actora para el caso de cambio de domicilio de la parte demandada y esté dentro de su jurisdicción; expida copias certificada de las diligencias que llegare a practicar; gire oficio al C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESA ENTIDAD para la inscripción y registro de la supra referida CÉDULA HIPOTECARIA, decrete la aplicación de las medidas de apremio que estime conducentes; y debiendo de prevenir a la demandada para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Jurisdicción de éste Juzgado exhortante y debiéndole de hacer de su conocimiento que el término concedido para la contestación de la demanda NO ES DE AMPLIARSE en términos de lo dispuesto en el artículo 134 del cuerpo legal antes invocado. En su oportunidad póngase a disposición de parte interesada el referido exhorto para los efectos de su tramitación y substanciación en términos de lo dispuesto en el artículo 109 del Código de Procedimientos civiles. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO NOVENO DE LO CIVIL, LICENCIADA OFELIA CALLEJA MONTES DE OCA, ante su C. SECRETARIA(O) DE ACUERDOS LICENCIADA(O) MIGUEL A. TIBURCIO TORAL que autoriza y da fe. DOY FE. Se tiene por enunciadas las pruebas a que se alude, reservándose de proveer lo conducente sobre su admisión para el momento procesal oportuno. Y con respecto a lo solicitado en el punto tercero petitorio, dígase a la promovente que deberá de estarse a lo dispuesto al artículo 481 del Código de Procedimientos civiles para todos los efectos legales a que hubiere lugar. Doy fe.

ACUERDO.


México Distrito Federal, a diez de abril del año dos mil uno. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, por hechas las manifestaciones que hace para todos los efectos legales a que haya lugar, como lo solicita procédase a notificarle a la parte demandada el proveído de fecha trece de septiembre del año dos mil por edictos, mismos que se publicarán por TRES DÍAS DE TRES EN TRES DÍAS EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO LA JORNADA. Quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaría de éste Juzgado por VEINTE DÍAS HÁBILES. Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez. Doy Fe. Dos firmas ilegibles.

ACUERDO: México, Distrito Federal, a diecisiete de octubre de dos mil uno. Agréguese a sus autos el escrito de la parte actora toda vez que el ocursante promueve BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD publíquense los edictos ordenados en actuaciones en el periódico EL DIARIO DE MÉXICO. Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar Notifíquese. Lo proveyó y firma la C Juez Doy fe.

México, D.F., a 5 de Noviembre del 2001.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”.

LIC. MIGUEL AUGUSTO TIBURCIO TORAL.

16-22-27-736481-$2,499.25.


JUZGADO DÉCIMO CUARTO


DEL

ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO

SECRETARIA “B”

EDICTO No. 12

EXP. No. 326/2001.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO, PROMOVIDO POR CUSI SOLANA JUANA EN CONTRA DE BERENICE BERMEO PATIÑO, EL C. JUEZ ENCARGADO DEL DESPACHO POR MINISTERIO DE LEY LICENCIADO ALFONSO BERNAL GUZMAN DICTÓ UN AUTO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE.

México, Distrito Federal a veintiséis de octubre de año dos mil uno, Para que tenga verificativo la audiencia de desahogo de pruebas alegatos y sentencia las TRECE HORAS DEL DÍA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO. En preparación de la prueba confesional a cargo de la demandada cítesele personalmente para que comparezca al local de éste juzgado, para desahogar las posiciones que previamente sean calificadas de legales, apercibida que de no hacerlo será declarada confesa de las posiciones que previamente sean calificadas de legales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 322 de la Ley Adjetiva; atento lo estipulado por el artículo 639 del Código Adjetivo Civil publíquese este proveído por dos veces por tres en tres días en el Boletín Judicial. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Licenciado ALFONSO BERNAL GUZMAN encargado del despacho por ministerio de ley ante el C. Secretario de Acuerdos que da fe.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.

LIC. MANUEL RAMOS RIVERA.

16-22-736469-$374.00.

JUZGADO QUINTO


DE LO

FAMILIAR

EDICTO No. 12

EXP. No. 390/98.

SRA. TELLO VAZQUEZ ASCENCION.

Radica en este Juzgado Quinto de lo Familiar, el juicio DIVORCIO NECESARIO Incidente de Reducción de Pensión Alimenticia promovido por TELLO VAZQUEZ ASCENSION en contra de VICTOR ERNESTO DEL VALLE MUÑOZ, ordenando la C. Juez publicar los puntos resolutivos de la Sentencia Interlocutoria en el Boletín Judicial. México, Distrito Federal a ocho de noviembre de dos mil uno. VISTOS para resolver INTERLOCUTORIAMENTE el INCIDENTE DE REDUCCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA en los autos del juicio DIVORCIO NECESARIO promovido por TELLO VAZQUEZ ASCENCION en contra de VICTOR ERNESTO DEL VALLE MUÑOZ, expediente número 390/98 y,

RESUELVE:

PRIMERO.- Ha sido procedente la Vía Incidental sobre Reducción de Pensión Alimenticia en la que la parte actora probó los hechos constitutivos de sus pretensiones, en consecuencia.

SEGUNDO.- Se reduce la pensión alimenticia que se le viene descontando al señor VICTOR ERNESTO DEL VALLE MUÑOZ DEL 40% al 20% únicamente en favor de su menor hijo DIEGO FABIAN DEL VALLE TELLO, dejando sin efecto la pensión alimenticia que en su parte proporcional le venía otorgando a su hija DENISE BRENDALLI DEL VALLE TREJO, por las razones mencionadas en el considerando II de este fallo, debiendo en su oportunidad girar oficio al C. GERENTE DE CONSTRUCCIONES CENTRALES DE TELEFONOS DE MÉXICO en la forma y términos que se mencionan en la parte final considerando antes mencionado, para todos los efectos legales procedentes.

TERCERO.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles, publíquense dos veces, de tres en tres días en el Boletín Judicial los puntos resolutivos de esta resolución, para todos los efectos legales procedentes

CUARTO.- No ha lugar a hacer condena en costas. QUINTO.- NOTIFÍQUESE

Así, interlocutoriamente lo resolvió y firma la C Juez Quinto Familiar del Distrito Federal por Ministerio de Ley, Licenciada SANDRA REYNOSO MORALES, por ante la C. Secretaría de Acuerdos con quien actúa, misma que autoriza. Firma y da fe.

Para su publicación por dos veces de tres en tres días en el Boletín Judicial

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. YOLANDA ALTAMIRANO CLEMENTE

16-22-736477-$613.35.


JUZGADO SÉPTIMO


DE LO

FAMILIAR

SECRETARÍA “A”

EDICTO No. 23

EXP. 1391/2000.

SE NOTIFICA A FABIAN PAREDES MARTINEZ.

En los autos del juicio CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD PROMOVIDO POR MARTINEZ LOPEZ ELVA ARACELI EN CONTRA DE FABIAN PAREDES GARCIA, Exp. 1391/00, se hace de su conocimiento que se abrió el presente juicio a prueba en términos de lo dispuesto por los artículos 277 y 290 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por un término común de diez días para ambas partes, en la inteligencia de que usted por haber sido emplazado por EDICTOS el término anterior le correrá en términos de lo dispuesto por el artículo 639 de la ley procesal de la materia.

ATENTAMENTE.

MÉXICO D.F., A 30 DE OCTUBRE DEL 2001.

LA. C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. MA. DE LA LUZ ENSUASTEGUI ALARCON.

13-16-22-736445-$381.50.

JUZGADO SÉPTIMO


DE LO

FAMILIAR

SECRETARÍA “A”

EDICTO No. 29

EXP. No 443/01.

SE NOTIFICA A: HECTOR RAUL DAVILA PISIL.

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL DIVORCIO NECESARIO PROMOVIDO POR DEL CASTILLO APARICIO ROSA MARIA EN CONTRA DE HECTOR RAUL DAVILA PISIL, Exp 443/2001, se dictó un auto dentro de la audiencia previa de conciliación y excepciones procesales que en lo conducente dice:

“Debido a la inasistencia de la parte demandada, no es posible concertar ninguna conciliación, en consecuencia, y atento a lo dispuesto en los artículos 277 y 290 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se abre el presente juicio a prueba por un término común de diez días para ambas partes, en la inteligencia de que el término anterior correrá para la parte demandada en términos de lo dispuesto por el artículo 639 de la Ley Procesal de la materia ya que este fue emplazado por EDICTOS”.

ATENTAMENTE.

México, D.F., a 9 de noviembre del 2001.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. MA. DE LA LUZ ENSUASTEGUI ALARCON.

16-22-735486-$302.95.


JUZGADO DÉCIMO PRIMERO


DE LO

FAMILIAR

SECRETARÍA “B”

EDICTO No. 13

EXP. 466/2001.

En el Juicio de DIVORCIO NECESARIO promovido por NUÑEZ RAMIREZ GUILLERMO en contra de PATRICIA ISLAS BECERRIL, EXP. No. 466/2001, se admitió a presente demanda con fundamento en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimientos Civiles, ordenándose emplazar al demandado por medio de EDICTOS conforme al artículo 122 fracción II del Código Procesal Civil, haciéndosele saber que tiene un término de CUARENTA DÍAS contados a partir de la última publicación del presente edicto, para contestar la demanda entablada en su contra, apercibido que de no hacerlo así, será declarado rebelde y se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, quedando a su disposición las copias simples de traslado de la demanda en la Secretaría de este H. Juzgado.

México, D.F., a 31 de Octubre del año 2001.

LA C. SECRETARIA CONCILIADORA.

LIC. MARTHA MELIDA RODRIGUEZ MENDOZA.

8-13-16-736404-$398.30.

JUZGADO DÉCIMO TERCERO


DE LO

FAMILIAR

SECRETARÍA “B”

EDICTO No. 24

EXP. No. 602/2001.

SR. MIGUEL CARLOS AREVALO SANCHEZ.

Se hace de su conocimiento que ante éste Juzgado Décimo tercero de lo Familiar relativo al juicio ORD. CIV. DIVORCIO NECESARIO promovido por OLIVER LOPEZ ROCIO, se ordenó emplazar a usted por edictos haciéndole saber que deberá de presentarse en éste Juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS a partir de la última publicación, quedando a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaría de éste Juzgado.

México, D.F., a 4 de Septiembre del 2001.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. MA. DE LOURDES HERNANDEZ SANCHEZ.

16-22-27-736475-$260.85.


JUZGADO DÉCIMO CUARTO


DE LO

FAMILIAR

SECRETARÍA “A”

EDICTO No. 17

EXP. No. 787/2001.

SEÑORA NIRIAM GONZALEZ RODRIGUEZ.

En los autos del juicio DIVORCIO NECESARIO promovido por RAMOS CARRASCO AMBROSIO ALEJANDRO en contra de usted, el C. Juez Décimo Cuarto Familiar por auto de fecha doce de noviembre último ordenó, con fundamento en los artículos 277 y 290 del ordenamiento del Código de Procedimientos Civiles, abrir a prueba el presente juicio por término de DIEZ DÍAS.

México, D.F., a 13 de noviembre del 2001.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”.

LIC. JOSE ANTONIO NAVARRETE HERNANDEZ.

16-22-736478- $149.60.


JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO


DE LO

FAMILIAR

SECRETARÍA “B”

EDICTO No. 13

EXP. 134/80.

C. BRENDA AURORA CABAÑAS VILLANUEVA.

En los autos del juicio de ALIMENTOS promovido por AMADA VILLANUEVA PEREZ en contra de JOSE ANTONIO CABAÑAS ROSETE, INCIDENTE DE CANCELACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA. El C. Juez 26º. Familiar, ordenó notificarla por medio de Edictos, haciéndole de su conocimiento que cuenta con TRES DÍAS HÁBILES, para producir la Contestación de Demanda Incidental, quedando en este Juzgado a su disposición las copias de traslado.

México D.F., a 10 de Octubre del 2001.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. MARIA ESTELA GONZALEZ MARTINEZ.

8-13-16-736401-$238.40.


JUZGADO QUINCUAGÉSIMO


DE

PAZ CIVIL

SECRETARÍA “A”

EDICTO No 4

EXP. 93/99.

En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por REPORTERO INDUSTRIAL MEXICANO, S.A. DE C.V en contra de MONTAJES Y SOLDADURAS REYES, S.A. DE C.V., la C. Juez Quincuagésimo de Paz Civil, Licenciada MARIA ANTONIETA GALVAN CARRILES, señaló las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de remate en Primera Almoneda, del bien embargado consistente en CAMIONETA MARCA FORD, TIPO PICK-UP, MODELO 1986 CON PLACAS DE CIRCULACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, NÚMERO 468JGR. sirviendo de base la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) valor fijado por el perito valuador, siendo postura legal la totalidad de dicha suma, se convocan postores. Lo anterior con fundamento en lo supuesto en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles, aplicación supletoria a la ley de la materia y 1411 del Código de Comercio. C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO DE PAZ CIVIL.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. MARGARITA ALVARADO ROSAS.

14-15-16-736460-$436.05.


JUZGADO TERCERO


DE LO

PENAL

SECRETARÍA “B”

EDICTO No. 26

PARTIDA 130/2001.

OF. NÚM. 3970.

NOTIFICACIÓN AL C. ISRAEL MARTINEZ GARCIA. QUIEN DEBERÁ COMPARECER EN EL LOCAL DEL JUZGADO TERCERO PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL, CON SEDE EN EL RECLUSORIO PREVENTIVO NORTE, CALLE JAIME NUNÓ 205, COLONIA CUAUTEPEC BARRIO BAJO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07210, EL PRÓXIMO DÍA 30 TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS 10:00 DIEZ HORAS A LA PRÁCTICA DE UNA DILIGENCIA DE CARÁCTER JUDICIAL, APERCIBIDO DE QUE EN CASO DE NO COMPARECER SE HARÁ ACREEDOR A UNA MEDIDA DE APREMIO CONSISTENTE EN ARRESTO DE 24 VEINTICUATRO HORAS INCONMUTABLES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 33 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

ATENTAMENTE.

MÉXICO, D.F., A 9 NOVIEMBRE DEL 2001.

C. JUEZ TERCERO PENAL EN EL D.F.

LIC. JOSE ANTONIO DE ALBA DE ALBA.



14-15-16- Sin Costo- Of. 3970 Part. 130/2001.


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